Advierten Reforma en materia de Justicia Laboral


Dr. Tomas Ruiz presentó magna ponencia

Abogacia
Marzo 14, 2019 19:58 hrs.
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Redacción › Divergencias Informativa

Tras la modificación del artículo 123 de la Constitución Federal, en cuya fracción XX del apartado A, se ordena que la resolución de los conflictos entre trabajadores y patrones estará a cargo de Tribunales Laborales del Poder Judicial de la Federación o de las entidades federativas.

Ante, la anfitrionía del Consejo de Abogados del Estado de México, en mesa de trabajo se relató sobre avances de la Reforma en Materia Laboral en los ámbitos Social y Público, a través del Dr. en D. Tomás Ruíz Pérez, quien señaló que mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 24 de febrero de 2017.

Visaron, el Mtro Javier García Valencia, Presidente de la Fundación MARTY; Mtro. Aurelio Alba Vargas, Presidente del Consejo de Abogados del Estado de México; representantes de las diversas regiones de ésta última institución, como Texcoco con el MDP. Néstor Trujano Rebollar, Ecatepec, Nezahualcóyotl, Amecameca, Otumba; aclarándose que antes de acudir a dichos Tribunales, los trabajadores y patrones deberán asistir a una instancia conciliatoria, a cargo de organismos públicos descentralizados.

En normas transitorias del citado Decreto de febrero de 2017, se precisa que el Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas deberán realizar las reformas legislativas para dar cumplimiento a lo previsto en el mismo, dentro del año siguiente a su entrada en vigor, plazo que concluyó el 25 de febrero de 2018.

Durante la ponencia, Ruíz Pérez, expuso que respecto al ámbito estatal, las reformas legales Justicia Laboral, en el ámbito local. En la Gaceta del Estado de 19 de septiembre de 2018, se divulga el Decreto de la Legislatura local que Reforma varias disposiciones de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, Ley Orgánica Municipal de la Entidad, con el propósito de fortalecer las atribuciones del tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje, en los reglones de requisitos de la demanda, notificaciones, ejecución de resoluciones y cumplimiento de los laudos por parte de las autoridades municipales, entre otros.

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